Aunque los acuerdos, informes o propuestas del Consejo no tienen carácter vinculante, sus aportaciones son tenidas en consideración en el diseño de las estrategias de movilidad en el municipio y en la interacción con su entorno.
El Consejo Municipal de Movilidad se crea con la finalidad de conseguir los objetivos siguientes:
Estimular la conciencia por los temas de movilidad, y en particular de todas aquellas políticas que fomenten una movilidad saludable.
Fomentar la participación, el diálogo y el servicio en la ciudad de Granollers, en todos aquellos ámbitos que tengan relación con la movilidad de peatones y vehículos.
Realizar una participación de manera particular en el seguimiento de cualquier tipo de planes de movilidad, tanto específicos como complementarios, derivados del planteamiento urbanístico. Además, el Consejo de Movilidad asume, también, las funciones participativas del Consejo Territorial de la Movilidad, previstas en el artículo 23 de la Ley 9/2003 de movilidad
Las funciones del Consejo Municipal de Movilidad son las siguientes:
- Recibir información de las propuestas de acuerdos municipales relacionados con la movilidad, tales como:
- Propuestas de cambio en la normativa vigente, por ejemplo, la ordenanza de circulación u otras relacionadas con la movilidad.
- Informar sobre las determinaciones que afecten o que modifiquen los cambios de sentido de calles y planes de circulación; modificaciones de itinerarios de líneas de autobuses; restricción de tránsito y creación de zonas de peatones y ejes cívicos, etc.
- Temas relacionados con la gestión de medidas circulatorias con impacto significativo en la ciudad, la accesibilidad y la seguridad viaria.
- Campañas de sensibilización y de educación sobre seguridad viaria, de concienciación de disuasión de uso del vehículo privado y de fomento del uso del transporte público.
- Presentar propuestas para la mejora de la circulación, el transporte, la accesibilidad y la seguridad viaria.
- Emitir informes y dictámenes, así como elaborar propuestas sobre los asuntos que considere de interés, relacionados con la movilidad.
- Realizar el seguimiento del cumplimiento de las actuaciones previstas en el Plan de Movilidad de Granollers.
- Canalizar las opiniones y las sugerencias de particulares, entidades, instituciones y empresas vinculadas a los temas de movilidad, accesibilidad y seguridad viaria de Granollers, en el ámbito de la movilidad.
El Consejo de Movilidad está compuesto por los siguientes miembros:
- La Presidencia: corresponde al alcalde/esa.
- La Vicepresidencia: recae en el/la regidor/a de Movilidad.
- La Secretaria: corresponde a la Secretaria General del Ayuntamiento que, si lo considera oportuno, puede delegar esta función en un/a trabajador/a adscrito/a a la regidoría de Movilidad.
- Vocales: nombrados por Decreto de Alcaldía:
- Una persona en representación de cada grupo municipal.
- El/la presidente/a de la Comisión Informativa del Área de Servicios Territoriales, o persona en quien delegue.
- El/la presidente/a de la Comisión Informativa del Área de Servicios Municipales o persona en quien delegue.
- El/la teniente de alcalde del Área de Procesos Estratégicos y Participativos o persona en quien delegue.
- Un/a representante de cada una de las entidades y empresas vinculadas a los temas de movilidad, accesibilidad y seguridad viaria legalmente constituidas y con sede a Granollers.
- Asistentes con voz pero sin voto:
- Jefe/a del Área de Servicios Municipales.
- Jefe/a del Servicio de Movilidad.
- Jefe/a de la Política Local.
- Técnico/a de Movilidad.
- Jefe/a del Área Territorial.
- Director/a del Plan Estratégico de la ciudad.
- Personas invitadas en función de su vinculación con el tema a tratar.
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